Aunque de no ser por las libertades condicionales el sistema carcelario estaría aún más copado, otorgarlas es impopular y riesgoso, como quedó de manifiesto tras el homicidio de la adolescente Ámbar Cornejo Llanos (16), cuyo cuerpo fue encontrado ayer, en el patio del domicilio de la pareja de su madre, Hugo Bustamante Pérez (55), tras haber desaparecido el 29 de julio de 2020.

El hombre ya había asesinado en 2005 a su esposa, Verónica Vásquez y al hijo de ella, Eugenio, enterrándolos en un tambor con cal en el patio de su morada, tras haberlos estrangulado. Él confesó de inmediato, conmocionando a Villa Alemana. También en un programa de televisión (Mea Culpa) dijo que no sabía si volvería a cometer un crimen así: “no podría decir que no”. “Si en algún momento exploté de esa manera, frente a ciertos tipos de situaciones, ¿explotaré de esa misma manera? Y eso es angustiante”, agregó. Pero tras pasar 11 años tras las rejas –de una condena de 27 años de presidio-, Salió en libertad condicional, cuando ni él mismo se lo esperaba: creía que podía acceder a salida dominical, comentó más tarde.

Ámbar podría estar viva y se apunta a la responsabilidad de la comisión de libertad condicional, que en 2016 sacó de la cárcel a Bustamante y que estuvo conformada por su presidenta, la ministra Silvana Donoso, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso; por la jueza del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Valparaíso, Paula Ramos; por el juez del TOP de Viña del Mar, Alonso Arancibia; por la jueza del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, Loreto León y por el juez de Juzgado de Garantía de Valparaíso, Eduardo Saldivia.

“La Segunda” intentó hablar con ellos para que explicaran su decisión, pero desde Comunicaciones del Poder Judicial se indicó que no lo harían.

El caso de la libertad a Bustamante revela un intrincada red de modificaciones e interpretaciones respecto del sistema de libertades condicionales, que en su último tramo parte en 2012, cuando el Ejecutivo se sacudió de esa responsabilidad -que en antes ejercía a través de los seremis de Justicia-, dejándola en manos del Poder Judicial, que quedó a cargo y así el tema comenzó a ser visto por comisiones en las cortes de apelaciones.

Desde ahí, se hicieron cada vez más álgidas las discusiones doctrinarias y de interpretación: ¿La libertad condicional es un derecho o el derecho es sólo a pedirla?, ¿se necesita sólo cumplir los requisitos en la ley o vale también la información que en la comisión pueda haber del sujeto respecto al cual se está resolviendo?, ¿se deben o no aplicar leyes en conjunto permitiendo combinar una legislación que permite la rebaja de penas con la de libertad condicional?, ¿puede ser tomado en cuenta un informe que no recomienda el beneficio si no es más que un “copy paste” de muchos otros?, fueron algunas de las discusiones que estaban vigentes en 2016.

En medio de esa discusión respecto del margen de acción de las comisiones respectivas, la Corte Suprema resolvió que aunque se tratara de delitos graves, si el condenado cumplía con los requisitos legales, la Comisión de Libertad Condicional no podría rechazar su otorgamiento.

Ese mismo 2016, en abril, la comisión de libertad condicional de Valparaíso otorgó la salida a 788 reos, el 90% de las peticiones formuladas, cuando con anterioridad el porcentaje de éxito fluctuaba entre 3 y 10%. Y el total del año alcanzó a 1.028 reos, que salieron antes de cumplir sus condenas.

Tal fue el revuelo causado, que otra reforma legal hizo que las condiciones que favorecieron a Bustamante Pérez no puedan aplicarse hoy: la libertad condicional fue zanjada como beneficio –por lo que depende de la voluntad de la autoridad- y luego se excluyó de ella a los delitos más graves.

Chahuán:

“La comisión se equivocó”

Tras salir en libertad, el caso de Bustamante fue retratado pocos meses después por la revista El Sábado de El Mercurio. El periodista conversó con él, y al final de la entrevista éste le confesó cómo a veces comenzaba a sentir “rabia” cuando las cosas no salían como él quería. Intentaba, eso sí, controlarse. “No puedo ponerme a pensar en hacerle tal o cual cosa a un desgraciado porque, por ejemplo, no me guste cómo se cuenta mi vida un reportaje”.

A pesar de la ya cambiada doctrina de la Suprema, el exfiscal nacional Sabas Chahuán cree que la comisión de libertad condicional erró en su criterio, sobre todo cuando el informe de Gendarmería –al que se le critica que regularmente dice lo mismo- consignaba que “el interno requiere intervención y un mayor período de observación intrapenitenciario, ya que las variables psicosociales determinan un pronóstico incierto…, por lo que no se recomienda otorgar libertad condicional”.

En Canal 13, Chahuán dijo que “no se le puede dar libertad sin más a una persona de la calaña delictual de este sujeto, con antecedentes por otros delitos, como robos. La comisión actuó dentro de sus facultades, pero creo que se equivocó”.

Y efectivamente actuó dentro de sus facultades, pues en otro de sus entresijos, la ley también considera que la mitad de la pena en condenas por más de 20 años, es a los 10 años, lo que posibilita pedir la libertad condicional.

Sin embargo, a pesar de ello, para Chahuán se hace necesario que existan instancias de revisión posteriores, que reafirmen los criterios y que haya informes sicológicos, que se hagan llegar a las comisiones, donde habitualmente hay profesionales que saben leerlos, como la ministra que presidió la instancia que falló a favor de Bustamante: Silvana Donoso es también la presidenta de la Mesa de Género y de la Comisión de Psiquiatría Forense de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

A ella no solo le han llegado críticas, sino también la advertencia del diputado de RN Andrés Longton, quien anunció que presentará una “acusación constitucional” en contra de la magistrada. En un comunicado, afirma que “haciendo uso de sus facultades, hará la presentación este lunes por notable abandono de deberes”.

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