Con más de 20 años de experiencia, Koch Abogados y Cía. Ltda. está enfocado en la actividad minera, atendiendo a empresas en materias laborales, civiles y mineras y en el campo de la Ley 20.720, el estudio apoya a las compañías en juicios laborales en las que están demandadas en acciones de tutela, despidos injustificados, nulidad de despido y cobro de prestaciones, en su carácter de empresa principal o mandante de firmas contratistas que están en proceso de liquidación concursal, cuando las interponen trabajadores subcontratados.

Carlos Koch, abogado y propietario de Estudio Koch Abogados y Cía. Limitada, señala que estos juicios son especialmente complejos, pues en materia de trabajo en régimen de subcontratación la empresa mandante tiene la facultad de información, retención (de estados de pago) y pago por subrogación a dichos trabajadores. “Pero, a su vez, la Ley 20.720 ordena que, en casos de liquidación concursal, el liquidador incaute todos los créditos de la empresa que entra en dicho proceso, lo que incluye las sumas de dinero devengadas por la compañía contratista, si estas están retenidas por la firma principal, conforme a la ley. Por otra parte, está la facultad del liquidador de incautar dichos valores, trabándose un conflicto de normas en las que nuestro rol es asegurar el interés de nuestro cliente dentro del marco legal que regula la situación”, explica.

En este sentido, destaca que según “las normas que rigen el trabajo en régimen de subcontratación, las empresas mandantes o principales asumen la responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y en el pago de las indemnizaciones legales que tengan por causa el término de la relación laboral que afecten a los trabajadores de sus empresas contratistas”.

Así, el rol de la empresa mandante es vital, ya que puede prevenir situaciones de incumplimiento laboral, pagando por subrogación a los trabajadores.

Ley 20.720

Carlos Koch define como positiva la Ley 20.720, pues es un paso adelante en la protección de deudores. “Primero porque es más accesible que la ley anterior y amplia el universo de personas que pueden aprovecharla; segundo, porque entiende que su objeto es tratar de rehabilitar al empresario, comerciante, emprendedor al que no le ha ido bien en sus negocios, procurando terminar con el estigma de que quien caía en quiebra no era sujeto confiable ni para hacer negocios ni para obtener créditos; tercero, porque el Estado asume un rol más activo a través de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento”.

Carlos Koch, abogado y propietario de Estudio Koch Abogados y Cía. Limitada.

LEER MÁS
 
Más Información
LEER MÁS