Más allá de la aproximación que se pueda tener al fenómeno Greta Thunberg, lo cierto es que su comentada intervención en la Cumbre del Clima de la ONU, unida al énfasis medioambiental que el Gobierno está dando a sus relaciones internacionales, y la cada vez más cercana COP25 han puesto en el tapete la cuestión de la protección del medio ambiente en un contexto de cambio climático.

El Gobierno festejó que se hubiesen recaudado más de 80 millones de dólares para la COP25, ratificando así la importancia de la colaboración público-privada para financiar tareas de interés público. Por su parte, la Cámara de Diputados excluyó del proyecto de modernización tributaria el gravamen a las donaciones de origen extranjero, con el único objeto de facilitar las donaciones con fines de conservación.

En esa línea, parecería oportuno liberar de la carga tributaria a aquellas donaciones de origen nacional que tengan igualmente fines de conservación. Hoy las donaciones de carácter cultural cuentan como una serie de beneficios tributarios —crédito contra el impuesto a pagar, a lo que se puede añadir la reducción como gasto de la donación hecha— al amparo de la Ley de Donaciones Culturales (Ley Valdés). Sin embargo, por razones que hoy resulta difícil de concebir, dicho beneficio no opera cuando el objeto de la donación es la conservación medioambiental.

Nuestras áreas silvestres protegidas alcanzan más de los 145 mil km2: 36 parques nacionales, 49 reservas naturales y 16 monumentos naturales. La belleza y el valor de esas zonas están fuera de discusión, aunque mal gestionadas por un organismo que, además de no contar con suficiente presupuesto, añade a sus funciones la prevención de los incendios forestales.

Si pretendemos que nuestros ciudadanos aprecien mejor el valor de la conservación, y las ventajas comparativas que tiene para nuestra economía, buena cosa sería permitir que fondos de origen privado sean allegados directa o indirectamente a nuestras áreas silvestres protegidas, sin el desincentivo del gravamen tributario. Un legado importante de la COP25 sería elevar el estándar de nuestros parques y reservas, aumentando su presupuesto vía donaciones exentas. Ello cumpliría, además, una labor pedagógica mucho más eficaz incluso que el bien intencionado testimonio de una viajera adolescente.

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“El legado del Presidente en buena parte se evaluará por la consistencia de sus acciones, más que por sus dichos entre Nueva York y Santiago”.

Luis Cordero Vega

El Presidente Piñera llegó desde Nueva York con un discurso decidido en cambio climático. Aunque este sigue siendo global, su evaluación dependerá de las políticas concretas que emprenda una vez terminada la COP25.

Nuestro país tiene problemas ambientales desde hace años, una buena cantidad producto de la disputa por el uso de los recursos naturales y los territorios. Aguas, pérdida de biodiversidad y océanos son ejemplos. En 1992, el Presidente Aylwin envió al Congreso un proyecto de ley que buscaba modificar el Código de Aguas para permitir el uso sustentable del recurso hídrico, corrigiendo el sistema de asignación perpetua de los derechos de agua. El proyecto se dictó en 2005, luego de una disputada tramitación, pero lo promulgado fue una ley corta, que dejó los temas sustantivos para una regulación posterior que no se discutió. El tiempo ha confirmado lo esencial que era esa reforma.

Algo semejante sucedió con la biodiversidad. En 1984 se promulgó la ley que creaba la Conaf pública, cuyo objetivo central era resguardar las áreas protegidas y los recursos naturales renovables. Esa ley nunca entró en vigor y, desde 2006, los intentos de crear un servicio de biodiversidad han terminado en una frustración para las administraciones de Bachelet y Piñera. Mención aparte merece la ley de protección del bosque nativo, que ingresó al Congreso en 1992 pero que recién se aprobó en 2008, también como ley corta, a la espera de una regulación complementaria para la biodiversidad que tampoco se dictó.

Chile tiene una longitud de costa de más de seis mil kilómetros, pero los espacios marinos han sido pensados principalmente desde la explotación de los recursos pesqueros. Existen zonas, sin embargo, en las cuales es necesario tener un trabajo ambiental integrado. Si bien hemos declarado áreas de protección y gestión, estas han terminado siendo simplemente declarativas, pues, tal como señaló estos días la Contraloría, no se han dictado algunos de los planes de administración que permiten el uso sustentable de esos espacios.

La discusión sobre cambio climático obliga a repensar la gobernanza ambiental, aquella que busca la concurrencia del Estado, las comunidades y los privados para la solución de los problemas públicos. Pero este Gobierno ha desechado la posibilidad de institucionalizar un diálogo territorial, que permita una participación ciudadana más amplia y efectiva que aquella que se da en los estrechos márgenes de la evaluación ambiental de proyectos.

El entusiasmo presidencial exige en algún momento pensar la manera en cómo cerrar estas brechas pendientes desde casi treinta años. La simple inspiración no es suficiente. El Presidente debería comprender que su legado en buena parte se evaluará por la consistencia de sus acciones, más que por sus dichos entre Nueva York y Santiago.

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“La experiencia muestra la necesidad de evitar el reparto político de los cargos y terminar con instituciones que generan conflictos de intereses”.

Diego Pardow Director RegCom U. de Chile, director de Espacio Público

Actualmente se están discutiendo reformas importantes a los sistemas de integración de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Sobre esta materia, nuestra experiencia reciente muestra dos enseñanzas clave: evitar el reparto político de los cargos y terminar con instituciones que generan conflictos de intereses.

Respecto de lo primero, el nombramiento de muchas autoridades está sujeto a un proceso en el cual el Presidente de la República propone los candidatos, para que luego el Senado confirme o rechace la propuesta. La evidencia muestra que ello empuja al Gobierno a elegir mejores profesionales, pero siempre y cuando el proceso de confirmación se haga de manera individual, y sujeto a un quórum de mayoría simple. Cuando la confirmación se hace en parejas o grupos más grandes de candidatos, típicamente los cargos se reparten entre las distintas coaliciones necesarias para aprobar la propuesta. Las coaliciones, a su vez, adjudican las vacantes en atención a la lealtad política del candidato, antes que sobre la base de sus capacidades profesionales.

Ocurre algo similar cuando los nombramientos se hacen de uno-en-uno, pero el quórum de aprobación es superior a la mayoría simple. En esos casos el reparto se realiza de manera secuencial; esto es, en una oportunidad le toca a una coalición política y en la siguiente a la otra. Nuevamente, en estos casos las coaliciones seleccionan a los candidatos según su lealtad política. Al contrario, en un sistema individual y por mayoría simple, la calidad profesional se convierte en la mejor manera de convencer a la coalición política rival. En lugar de reparto de vacantes, se fomenta la deliberación sobre las aptitudes del candidato.

Respecto de lo segundo, en nuestros tribunales superiores es usual que sus miembros se ausenten para representar a la institución en alguna instancia de gobierno, asumir tareas administrativas, u otros motivos similares. En estos casos, son reemplazados dentro del tribunal por jueces suplentes o abogados integrantes. Los jueces suplentes suelen nombrarse de la misma manera que los titulares, pero carecen de una dedicación exclusiva al tribunal y muchas veces ejercen como litigantes privados. Los abogados integrantes tienen el mismo problema, pero con el agravante de que su sistema de nombramiento es opaco y tremendamente discrecional. Lógicamente, tanto la dedicación parcial como la opacidad en los mecanismos de selección generan conflictos de intereses.

Estas dos enseñanzas están lejos de agotar el problema. Así, por ejemplo, aún será necesario fomentar la realización de concursos públicos y aumentar la transparencia de los criterios de selección. Con todo, ambos constituyen pasos importantes en la finalidad de mejorar el profesionalismo y la objetividad de nuestros tribunales.

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