Esta historia tiene dos comienzos. El 31 de enero de 2017, el estudiante Sebastián Sepúlveda presentó ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una denuncia contra la compañía Gelymar —filial de la reconocida empresa Oxiquim, que preside el abogado Fernando Barros—, acusándola de que una operación suya estaría disponiendo arena y otros desechos de mar en quebradas del bosque Panul, al pie de la cordillera de La Florida. ¿Cómo? Provendrían de las algas que utiliza la planta como insumo para producir carragenina, una especie de gelatina que se usa para añadir a distintos productos alimenticios, como las carnes de pavo (para que no estén secas). Semanas después, el 7 de abril del 2017, la traductora Anna Luypaert interpuso una segunda denuncia de similares características.

Ninguna de las dos, sin embargo, fue acogida por la SMA, que respondió en ambos casos que el sector no tiene protección oficial, por lo que no se configuraría un delito de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Luego de una infructuosa apelación —el caso fue archivado—, finalmente los denunciantes interpusieron en marzo del 2018 una reclamación ante el Tribunal Ambiental.

Lo más reciente de esta reclamación ocurrió el 4 de abril pasado, cuando los ministros del Tribunal Ambiental Alejandro Ruiz, presidente (s), Felipe Sabando y Alejandro Rivera, realizaron una inspección personal en el sector. Su primera sorpresa fue que no pudieron acceder al bosque a través de las instalaciones industriales que son indicadas como responsables de la contaminación, por lo que debieron hacerlo por una entrada más al sur, determinando luego que el área involucrada es de 5.150 m2, donde se habrían colocado “a lo menos” 770 toneladas de arena.

La sorpresa más reciente es que, el 10 de mayo pasado, la empresa Gelymar apareció respondiendo a estas acusaciones. “Mi representada no tiene la propiedad sobre el inmueble investigado, ni menos en consecuencia lo ha utilizado para actividad alguna”, dice la presentación del abogado Boris Navarro, quien pidió asumir como tercero.

En vista de que el responsable no aparece, el tribunal decretó el jueves una medida cautelar para que la SMA ordene a “la empresa que realiza su actividad productiva en las instalaciones ubicadas en las inmediaciones del Fundo Panul” el retiro urgente de las arenas. Pero desde la SMA dicen que esta semana “deducirá recurso de reposición por no cumplirse los requisitos, ya que la situación del Fundo Panul debe manejarse de forma sectorial”, es decir, a través de algún servicio responsable (como la Dirección General de Aguas o Conaf, por ejemplo).

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