“Caudiverbera caudiverbera” es una rana. Con sus casi 20 centímetros de largo y patas anchas, es de las mejores nadadoras. Su ambiente es el agua y probablemente su habilidad para zambullirse la aprendió de sus ancestros.

“Caudiverbera caudiverbera” es chilena, pero ella no lo sabe. Habita en uno de los estanques naturales que son parte del humedal Los Batros —que cruza la comuna de San Pedro de la Paz (Biobío)— y está rodeada de eucaliptos, pino matorral y pajonales, así como de otros anfibios, peces, reptiles y aves que son parte del hábitat de este humedal. Tampoco sabe qué es esa estructura de madera que interrumpe la quietud del agua y que hace de puente para permitir el paso de las personas; o que su estanque cada vez está rodeado por más edificios de concreto.

La superficie del humedal Los Batros se ha reducido en un 23% desde 1976 a 2015 por el avance de proyectos inmobiliarios, aseguró la académica de Geografía de la U. de Concepción, Carolina Rojas, a principios de mes a los parlamentarios. La académica llegó hasta la comisión de Medio ambiente del Senado para exponer la importancia de regular los humedales urbanos en Chile, tal como lo planteó el senador Alfonso de Urresti (PS) en un proyecto de ley que ya se tramita en el Congreso. La idea es que esta ley empalme con el Servicio de Biodiversidad y Sistema Nacional de Áreas Protegidas, cuya creación se establece en otro proyecto de ley que también se discute en el Senado.

Según cifras del Ministerio de Medio Ambiente —publicadas hace un mes en La Tercera— en Chile hay 4,5 millones de hectáreas de humedales, de las cuales el 46% están protegidas. Pero dejando de lado los terrenos desde la región de Los Lagos al sur, la cifra se reduce al 3%. En el caso de los humedales urbanos, “ni siquiera hay un catastro que los identifique como tal”, advierte el senador De Urresti.

Hasta ahora, explica, la defensa de estas zonas está en manos de agrupaciones ambientalistas, vecinos y de la voluntad de los municipios que sólo pueden declararlos zonas verdes o inundables. Es lo que pasa, por ejemplo con los humedales urbanos de Quilicura (que está en calle O'Higgins, por donde cruza la línea férrea). También hay otros en Angachilla (Valdivia), Cartagena (Valparaíso) y Paicaví (Biobío). “Si se aprobara esta ley, los municipios podrían dictar ordenanzas para su protección, ya que no solo se trata de regular la edificación, sino también el vertimiento de escombros y basura”, dice De Urresti.

Dentro del plano regulador

Carolina Rojas explica que los humedales urbanos cumplen varias funciones. Una de las principales es “servir de estación de descanso y para alimento de las aves migratorias y mitigar la inundación. En Estados Unidos mitigaron los efectos del Huracán Sandy (2012)”.

Agrega que Boston es una de las ciudades pioneras en regulación de humedales: “Con el cambio climático va a aumentar el nivel del mar y gran parte de Boston se inundaría, por ello hicieron una ley para proteger los humedales urbanos y restaurarlos”.

Asegura que “el humedal funciona como esponja para las inundaciones de ríos y tsunamis. Además ayudan a purificar el aire y a regular la temperatura”, y advierte que el efecto negativo de edificar sobre ellos se vio en Chile tras el terremoto y tsunami de 2010: “A muchas de las viviendas llegó la inundación porque no había cómo absorber el agua que ingresaba”.

Los humedales “están dentro del plano regulador de las regiones y comunas, por lo tanto, son terrenos donde se puede rellenar y edificar”, explica De Urresti, quien añade que el proyecto establece una definición legal para el humedal urbano, lo que permitiría incorporarla a otras leyes relacionadas con urbanismo. Con esto se podría prohibir la construcción o se exigiría un estudio de impacto ambiental para hacerla.

El director ejecutivo de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI), Vicente Domínguez, no conoce la iniciativa legislativa, pero dice que “si es necesario preservar humedales en algunas zonas, bueno, está bien. Solo esperamos que sean definiciones técnicas y no llamar humedal a cualquier cosa”.

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La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de queja que el ministro del Interior, Andrés Chadwick, interpuso en contra del titular del Juzgado de Garantía de San Antonio Juan Pablo Flores porque éste declaró ilegal la detención de Manuel Olivares (alias Kiruza) y otro sujeto, quienes fueron sorprendidos por Carabineros con armas y municiones en un auto de vidrios polarizados en El Tabo, en la noche del 28 de mayo.

Según dicen en su fallo los ministros Eliana Quezada y Max Cancino y el abogado integrante Waldo del Villar, la decisión de Flores “en ningún caso puso término al juicio ni tornó imposible su prosecución, pues de los antecedentes expuestos por los intervinientes queda claro que el procedimiento siguió su curso, con independencia del resultado del mismo”. En todo caso, el ministro Cancino había sido partidario de remitir los antecedentes al pleno de la tribunal de alza porteño.

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