Antes que una ley se hiciera cargo del uso de “gestación subrogada”, desde el Segundo Juzgado de Familia de Santiago emergió un fallo que podría marcar precedente.

El 8 de enero, la jueza Macarena Rebolledo acogió una demanda de impugnación y reclamación de maternidad presentada por una mujer de 28 años que junto a su esposo realizaron una terapia de “útero subrogado”: consistió en la extracción de sus óvulos, fertilización in vitro con esperma de su marido, e implantación del embrión a la madre de ella, de 49 años. Así, fue la abuela quien dio a luz a dos gemelas.

Por tratarse de un vientre prestado de la madre a la hija, en este caso no hubo un conflicto entre las partes. Pero de todas formas debieron ir a tribunales. Esto, porque cuando las niñas fueron inscritas en el Registro Civil, no quedaron como hijas de la pareja, sino de quien las dio a luz y por eso recurrieron a la justicia.

Vacío legal

En el fallo, la jueza constató la inexistencia de una legislación “integral” sobre técnicas de fertilización asistida. “El único artículo que se refiere al tema es el 182 del Código Civil”, dice, explicando que éste sólo alude a que los donantes de óvulos o espermios usados en fertilización in vitro no pueden reclamar maternidad o paternidad bajo pretexto de ser los padres biológicos. Eso, en el entendido de que la mujer que recibe el embrión es quien busca criar al niño, algo que va en consonancia con las normas chilenas pues, según ellas, la madre siempre es la que da a luz. Eso se llama “la regla del parto”.

La magistrada habla entonces de un “vacío legal” para este caso, por lo que se remitió a los tratados internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Internacional de los Derechos del Niño, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto de San José de Costa Rica. Los interpretó junto con normas constitucionales chilenas y rescató de ellos el derecho a procrear y el derecho a la identidad. Como primer punto a favor de la pareja, la jueza deja constancia de que ambos eran los que deseaban ser padres: su proyecto de familia contemplaba tener hijos, y lo habían intentado ya dos veces, padeciendo situaciones traumáticas que además a ella la dejaron sin su útero.

De ahí, la jueza entendió que el procedimiento empleado nació del interés de ellos y no de la abuela. “Resulta ilógico atribuir la maternidad a una mujer que jamás tuvo el deseo de engendrar un hijo para sí, ni asumir las responsabilidades que de ello derivan, teniendo en especial consideración el interés superior de estas niñas, el que no puede sacrificarse en virtud de la certeza y seguridad que brinda la regla del parto”, se lee en el documento.

Hasta las amamantó

La magistrada estimó que del interés superior de las niñas —principio que rige todo el Derecho de Familia actual—, “debe ser determinado teniendo en cuenta el derecho a la identidad de las niñas (…) considerado derecho fundamental de todo ser humano. Éste tiene su punto de inicio en el derecho que tiene toda persona para saber quién es y de dónde proviene, conocer su filiación, para así poder desarrollarse con autonomía y libertad”.

Incluye ahí aspectos como las “relaciones sociales que la persona va generando a lo largo de su vida, comprendiendo su historia personal, su biografía existencial, su estructura social y cultural”.

“Las niñas siempre han vivido con la demandante y es ésta quien asume todos sus cuidados y crianza en conjunto con el padre de éstas, y además socialmente son reconocidas como hijas de ella”, constató. Incluso la mujer realizó un proceso de estimulación mamaria en la Clínica Las Condes para poder dar leche a las niñas.Rebolledo concluye que es necesario que “la maternidad afectiva y social de la demandante se vea reflejado en la filiación legal de las niñas, pues sólo así se satisface tal derecho a la identidad”.

También, que “las niñas tienen derecho a la vida familiar, a preservar sus relaciones familiares, de tal manera que resulta vulneratorio que la ley impida que la filiación legal sea reflejo de la verdadera situación familiar de las niñas y sus padres”.

Y, finalmente, que “en esta causa han quedado acreditados una serie de hechos que conforman este derecho a la identidad... de las niñas, en una situación que combina tanto la verdad biológica-genética como social: las niñas genéticamente, afectivamente y socialmente son hijas de la demandante”.

La jueza además tomó en consideración la inexistencia de un pago de por medio, como suele suceder en otras partes del mundo en que estos procedimientos se han popularizado.

Tras el fallo, el Registro Civil deberá realizar una nueva inscripción con los apellidos del padre y la madre, y modificar las partidas de nacimiento de las niñas, nacidas el 27 de noviembre de 2016.

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Tras ocho meses de tramitación, la Municipalidad de Providencia aprobó la polémica patente de alcohol solicitada por el cabaret Triple J — de propiedad de José Aravena, dueño también de los night club Passapoga y Club de Toby—, ubicado en Av. Nueva Providencia, sector de Manuel Montt.

La medida fue aprobada por el concejo municipal, por seis votos a favor y cinco en contra, del martes. Entre quienes aprobaron el permiso estuvo la alcaldesa Evelyn Matthei y los concejales Pedro Lizana, Pilar Cruz, Iván Noguera, Pilar Fernández y Juan Carlos Labbe. En contra votaron Jaime Parada, Julio Jung, Tomás Echiburú, Pablo Jaeger y Manuel José Monckeberg. “Lamento que se haya aprobado esta patente para el Triple J y creo que en el voto a favor de algunos concejales primó la presión legítima que hicieron los interesados en esta solicitud”, dijo el concejal Jaime Parada.

En el concejo del martes, Matthei anunció además que a partir de ahora y hasta el término de su administración, se decretará el congelamiento de nuevas patentes de alcohol para cabaret en Providencia. Según explicaron desde la alcaldía, la medida busca evitar que se afecte a los locatarios del sector, y que a su vez, prolifere este tipo de comercio en la comuna, ya que la autoridad busca potenciar los negocios de corte familiar, como restaurantes y cafés. “Es un excelente anuncio el de la alcaldesa. Entiendo que el espíritu es promover que se instalen actividades económicas que sean un aporte para la comuna y no negocios de puertas cerradas como verdaderas cajas negras”, comentó Parada.

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